De la Espriella firma decreto para que tutelas contra el presidente lleguen al Consejo de Estado
Por: Maria Jose Salcedo
28 septiembre, 2026

Las acciones de tutela dirigidas contra el presidente de la República, Abelardo de la Espriella, volverán a ser repartidas en primera instancia al Consejo de Estado. La decisión quedó establecida en el Decreto 1446 del 28 de septiembre de 2026, firmado por el mandatario y el ministro de Justicia, Iván Cancino, mediante el cual el Gobierno modificó las reglas de reparto previstas en el Decreto 1069 de 2015.
De acuerdo con la nueva disposición, cuando una tutela atribuya al presidente actuaciones u omisiones relacionadas con el ejercicio de sus funciones y sea dirigida conjuntamente contra otras autoridades públicas o particulares, el proceso será repartido para su conocimiento en primera instancia al Consejo de Estado. La medida restablece así una regla que había sido modificada durante el gobierno de Gustavo Petro.
En julio de 2025, el Decreto 799 trasladó a los jueces del circuito o de igual categoría el reparto en primera instancia de las tutelas contra las autoridades del orden nacional, incluyendo las actuaciones del presidente. La Corte Constitucional registró durante 2026 varios procesos en los que las tutelas contra el jefe de Estado fueron remitidas a juzgados de circuito con base en esa modificación.
El nuevo decreto mantiene una excepción relacionada con la erradicación de cultivos ilícitos. Las tutelas contra autoridades, organismos o entidades públicas del orden nacional que estén relacionadas con ese asunto continuarán siendo repartidas en primera instancia a los jueces del circuito o con igual categoría.
La modificación había sido planteada públicamente desde agosto por Carlos Suárez, asesor del presidente, después del fallo de una tutela que ordenó a De la Espriella ofrecer disculpas públicas por el acto religioso realizado durante su posesión presidencial. Suárez sostuvo entonces que debía restablecerse el reparto ante el Consejo de Estado. El caso se convirtió en uno de los antecedentes de la discusión sobre el cambio de las reglas.
Con el Decreto 1446, el Gobierno formalizó ese cambio y modificó nuevamente el numeral 2 del artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015. La medida corresponde a las reglas administrativas de reparto y no elimina la acción de tutela ni el control posterior que puede ejercer la Corte Constitucional dentro del sistema constitucional colombiano.
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