Juez ordena arresto de cinco días contra el alcalde de Cali, Alejandro Eder, por desacato de tutela
Por: Redacción Paragrafo
21 septiembre, 2026

El Juzgado Décimo Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Cali sancionó al alcalde Alejandro Eder con cinco días de arresto y una multa equivalente a cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes por incurrir en desacato a la sentencia de tutela T-411. La medida, que se encuentra temporalmente suspendida mientras se revisa en una instancia superior, responde a la entrega incompleta de documentos sobre convenios suscritos entre el Distrito y la entidad privada Propacífico.
El incidente judicial se originó el 23 de abril de 2026, cuando el abogado Élmer José Montaña Gallego presentó un derecho de petición ante la administración local. En su solicitud, exigía conocer los soportes técnicos, contractuales y pormenores de cuatro convenios firmados entre la Alcaldía y Propacífico, una organización sin ánimo de lucro.
Ante la falta de una respuesta satisfactoria por parte de la entidad, el jurista acudió a la acción de tutela. El 13 de agosto de 2026, el despacho judicial le otorgó a la Alcaldía un plazo de tres días para entregar las pruebas y la información completa requerida.
Aunque el Departamento Administrativo de Gestión Jurídica Pública envió un informe y documentación el 4 de septiembre, el juez Carlos Restrepo concluyó que la administración no dio cumplimiento integral a la orden. Para el magistrado, los archivos aportados no respondieron de manera clara, puntual y precisa a los interrogantes planteados por el accionante.
De igual manera, el despacho evidenció que no existía prueba de que la contestación se hubiera remitido al correo electrónico informado por el peticionario, lo que derivó en la vulneración de sus derechos fundamentales. Como consecuencia, se dictaminó la orden de arresto contra el mandatario, el pago de la sanción económica en una cuenta del Banco Agrario y se dispuso compulsar copias a la Policía Nacional y al Consejo Superior de la Judicatura.
Pese a la gravedad del fallo, desde la oficina de Gestión Jurídica Pública aclararon que la medida no se ejecutará de manera inmediata. Por disposición legal, la providencia fue remitida en consulta ante el Juzgado Civil del Circuito de Cali, de superior jerarquía. Este despacho dispondrá de tres días para revisar el expediente y determinar si confirma o revoca la sanción.
Conforme al artículo 52 del Decreto 2591 de 1991, que reglamenta la acción de tutela, mientras el juez del circuito no resuelva de fondo la consulta, la orden de arresto y el cobro de la multa quedan legalmente suspendidos.
Por su parte, Ana Catalina Castro, directora de Gestión Jurídica Pública, aseguró a través de un comunicado que la administración ha continuado con la recolección y entrega exhaustiva de la información en coordinación con las distintas dependencias. La funcionaria enfatizó que este esfuerzo busca demostrar que no ha existido una omisión por parte del alcalde en el cumplimiento de las órdenes judiciales.
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