Procuraduría alertó por incremento de casos de acoso laboral en Colombia
Por: Maria José Salcedo
8 agosto, 2024
El panorama laboral en Colombia enfrenta nuevos desafíos a medida que cambian las dinámicas del mercado y crece la conciencia sobre conductas inaceptables en el entorno de trabajo. Uno de estos desafíos es el acoso laboral, un fenómeno que ha ganado relevancia en los últimos años, impulsando a las autoridades a tomar medidas para su erradicación.
El acoso laboral, también conocido como mobbing, engloba cualquier comportamiento hostil y sistemático en el lugar de trabajo, en el que una o varias personas buscan intimidar, humillar o perjudicar a un compañero. Este acoso puede manifestarse de diversas maneras, desde insultos y amenazas, hasta el aislamiento social, la sobrecarga de trabajo, la difamación o incluso el sabotaje del trabajo de la víctima. Las consecuencias son graves, afectando tanto la salud mental y física del trabajador como su desempeño laboral y calidad de vida.
En Colombia, el tema del acoso laboral ha cobrado una importancia significativa, reflejada en el aumento de denuncias y la preocupación de las autoridades por su creciente incidencia. Esta semana, la procuradora Margarita Cabello advirtió sobre el incremento de quejas relacionadas con acoso laboral, muchas de las cuales están vinculadas a violencias basadas en género. Como respuesta, la Procuraduría General de la Nación emitió una nueva circular con directrices para garantizar el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias destinadas a la prevención, atención y sanción del acoso laboral.
La circular emitida por la Procuraduría exhorta a las entidades públicas a cumplir estrictamente con la Ley 1010 de 2006, que establece las normas para la prevención y sanción del acoso laboral, así como la Ley 1257 de 2008, enfocada en la protección integral de las mujeres y la erradicación de todas las formas de violencia en su contra. Según Cabello, aunque existen normativas claras, persiste un desconocimiento entre algunos funcionarios sobre la aplicación de estas medidas, lo que compromete el derecho a un ambiente laboral digno y libre de hostigamientos.
La circular también aborda la importancia del **Comité de Convivencia Laboral**, un espacio dentro de las empresas y entidades públicas donde se deben atender de manera confidencial las conductas de acoso laboral. Este comité tiene la responsabilidad de formular planes de mejora o, en caso de que las conductas persistan, remitir las quejas al ente de control correspondiente, especialmente en el sector público.
En cuanto a las posibles demoras en el trámite de las quejas, la Procuraduría instó al Ministerio del Trabajo y al Departamento Administrativo de la Función Pública a revisar los plazos establecidos por la ley, garantizando que se cumplan todas las etapas del procedimiento interno de manera oportuna. En casos de acoso sexual, considerados conductas no conciliables, la circular establece la obligación de informar al Ministerio Público para que se inicie el proceso disciplinario correspondiente.