Niegan tutela contra rectora que prohíbe celulares y noviazgos

Por: becquerel

14 marzo, 2023

Rectora prohíbe a estudiantes celulares, piercing y hasta noviazgos

La rectora del colegio Misael Pastrana Borrero de Rivera, Huila, Olga Narváez, ha salido victoriosa de una nueva tutela en su contra por las medidas que implementó en el manual de convivencia, entre ellas la prohibición del uso de celulares, noviazgos, cabellos largos, pintados o con piercings. La tutela fue presentada por Daniel David Martínez, quien no estaba relacionado con el colegio ni era padre de algún estudiante.

El juez de Huila rechazó la tutela por ser improcedente y por no haber seguido el debido proceso. El accionante no habría elevado la queja ante el colegio y las autoridades educativas, sino que acudió directamente ante el juez. Además, las demandas contra los manuales de convivencia deben presentarse ante las secretarías de Educación.

La rectora Narváez ha sido tajante en sus medidas y ha recibido tanto apoyo como críticas por parte de la comunidad educativa. La prohibición del uso de celulares y noviazgos ha levantado polémica, mientras que la prohibición de cabellos largos, pintados o con piercings ha sido aplaudida por algunos padres de familia.

Rectora prohíbe a estudiantes celulares, piercing y hasta noviazgos

A pesar de la controversia, la rectora ha salido airosa de la tutela en su contra y ha dejado en claro que su prioridad es el libre desarrollo de la personalidad de sus estudiantes, siempre y cuando se respeten las normas establecidas en el manual de convivencia.

En ese sentido, el juez aclaró que todavía no se puede decir que haya “transgresión al libre desarrollo de la personalidad de los estudiantes”.

La rectora se ha defendido al decir que las prohibiciones no fueron impuestas por ella, sino que se concertaron en un Consejo Directivo. En paralelo, los fallos de la Corte Constitucional han determinado que los manuales de convivencia no pueden tener normas “en relación con la vestimenta, accesorios y aspecto físico carentes de toda razonabilidad”.

Según la Corte, además, en los colegios no se pueden prohibir los noviazgos ni todo tipo de manifestaciones de afecto porque de hacerlo se “vulneran los derechos al libre desarrollo de la personalidad y la intimidad de los estudiantes”.