¿En qué casos se debe renovar el RUT?
Por: Maria José Salcedo
19 enero, 2024
El Registro Único Tributario (RUT) es un documento fundamental en la identificación de los contribuyentes, desempeñando un papel crucial en la administración y control de las obligaciones fiscales. Este registro permite a las autoridades fiscales mantener un seguimiento preciso de los contribuyentes, facilitando la fiscalización y garantizando la equidad en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
La necesidad de actualizar el RUT surge cuando hay cambios en la información originalmente registrada, como modificaciones en la dirección de domicilio, ciudad o número telefónico. La actualización es esencial para corregir errores, garantizar la precisión de los datos y evitar sanciones que podrían derivarse de información incorrecta o inconsistente.
Es responsabilidad del contribuyente llevar a cabo el proceso de modificación en el RUT en un plazo máximo de un mes después de que ocurra el evento que requiere la actualización. Este procedimiento garantiza la veracidad de la información y contribuye a la transparencia en los procesos tributarios dirigidos por las autoridades nacionales.
La vigencia del RUT es indefinida, y no es necesario renovarlo. Sin embargo, es esencial estar al tanto de los cambios y mantener la información actualizada para cumplir con las normativas fiscales.
Para realizar modificaciones en los datos del RUT, el contribuyente puede utilizar los servicios del portal transaccional de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Es importante tener en cuenta algunas consideraciones:
La actualización virtual de la dirección (casilla 41) tiene un límite de realización en periodos de 6 meses. Si es necesario realizar más modificaciones de las permitidas en el portal transaccional, se debe solicitar una cita personal en las oficinas de la DIAN.
Las responsabilidades tributarias, aduaneras y cambiarias (casilla 53) no pueden eliminar los códigos conferidos por la resolución de la DIAN, como Autorretenedor, Gran Contribuyente, Profesional en la Compra y Venta de Divisas, y Agente de Retención en Ventas.
No es posible cambiar la responsabilidad de Renta Ordinaria a Renta Especial sin realizar la solicitud de calificación, readmisión o actualización, la cual debe ser aceptada y realizada de oficio por parte de la DIAN.