Conozca todos los requisitos y condiciones para venderle oro al Banco de la República

Por: Daniel Bueno

5 noviembre, 2023

El Banco de la República de Colombia está legalmente facultado para realizar operaciones de compra y venta de metales preciosos, especialmente de oro de producción nacional.

De acuerdo a la Ley 9 de 1991, la entidad actúa como “un agente más” en este mercado.

La institución bancaria detalló que sólo puede adquirir oro en su presentación aluvial libre, de procedencia nacional, es decir, “aquel extraído de ríos sin ningún procesamiento físico o químico”.

El Banco también señaló que no compra oro fundido, de veta, retal de joyería u oro modificado químicamente.

Liquidación y pago

El pago se realiza según la cantidad de oro puro, luego de ser analizado el mineral y con base en el precio de compra fijado por el Banco para la fecha de la transacción. Actualmente, el precio es de $245.196 pesos por gramo de oro fino.

El desembolso se hace mediante transferencia bancaria dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción del mineral.

El Banco de la República realiza todas las retenciones tributarias exigidas.

Requisitos generales para la venta de oro

Todos los vendedores deben cumplir con:

-Registro Único Tributario (RUT)

-Registro Único de Comercializadores de Minerales (RUCOM) vigente

-Formularios del Banco de la República para registro de información de terceros, autorización de pago electrónico y control de compra de metales.

Requisitos adicionales según el perfil del vendedor

Barequeros

-Copia de la cédula de ciudadanía
-Declaración de Producción de Mineros Subsistencia
-Certificado de la alcaldía de inscripción como vecino (vigencia de 1 año)

Miembros de Áreas de Reserva Especial (ARE)

-Resolución de delimitación y autorización de explotación del ARE
-Certificado de Cámara y Comercio si el ARE está constituido como persona jurídica

Comerciantes (persona natural o jurídica)

-Copia de la cédula o certificado de Cámara y Comercio
-Estados financieros de los últimos 2 años firmados por contador
-Formulario de declaración de producción y liquidación de regalías
-Declaración de los Explotadores Mineros Autorizados
-Listado de barequeros vendedores y cantidades
-Llave electrónica de la ANM sin registrar
-Facturas y contratos si el oro procede de un ARE

Concesionarios mineros

-Copia de cédula y RUT
-Certificado de Cámara y Comercio
-Copia del contrato de concesión
-Copia de pago de regalías o autorización de retención
-Declaración de producción de la ANM
-Formulario de declaración de producción y liquidación de regalías

Vendedor con poder

-Poder original ante notaría
-Requisitos según categoría del vendedor
-Copia de cédula del apoderado

Cantidades permitidas

Barequeros: 35 gramos brutos al mes
Otros: Mínimo 50 gramos y máximo 2.000 gramos brutos al día

Cabe señalar que el Banco de la República requiere el cumplimiento riguroso de estos requisitos para comprar oro de procedencia 100% legal en Colombia.