Ratifican libertad de Nicolás Petro Burgos: podrá movilizarse libremente por Colombia
Por: Maria José Salcedo
4 julio, 2025

Un juez de segunda instancia confirmó este viernes la libertad sin restricciones de Nicolás Fernando Petro Burgos, hijo del presidente Gustavo Petro, quien enfrenta un proceso penal por lavado de activos y enriquecimiento ilícito de servidor público. La decisión judicial elimina las limitaciones que le impedían salir de Barranquilla y le permite residir en cualquier parte del territorio nacional.
En una decisión de segunda instancia, la justicia colombiana confirmó la libertad sin restricciones de Nicolás Fernando Petro Burgos, hijo del presidente Gustavo Petro, quien enfrenta un proceso penal por los delitos de lavado de activos y enriquecimiento ilícito.
Alejandro Carranza, abogado defensor del exdiputado del Atlántico, anunció la decisión a través de su cuenta en X, expresando su satisfacción por el resultado de la audiencia. “Así es, el día de hoy hemos conseguido con Nicolás Petro Burgos la confirmación de la revocatoria de la medida de aseguramiento no privativa de la libertad que lo mantenía en Barranquilla”, escribió el jurista.
El abogado defensor agregó que su cliente “es libre de andar y vivir, en y por cualquier parte de Colombia”, señalando que esta decisión ratifica el fallo emitido el pasado 20 de febrero por el Juzgado 13 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Barranquilla.
Nicolás Petro Burgos fue detenido a finales de julio de 2023 y posteriormente obtuvo libertad condicional en agosto del mismo año. El exdiputado del Atlántico enfrenta cargos por lavado de activos y enriquecimiento ilícito de servidor público, tras las investigaciones iniciadas por la Fiscalía General de la Nación.
Según la investigación fiscal, Petro Burgos habría admitido haber recibido dinero para la campaña presidencial de su padre proveniente de Samuel Santander Lopesierra, extraditado y condenado en Estados Unidos por narcotráfico, así como de Gabriel Hilsaca Acosta, hijo del empresario Alfonso ‘Turco’ Hilsaca.
La audiencia del viernes 4 de julio confirmó el fallo del 20 de febrero pasado, cuando la juez 13 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Barranquilla decidió sustituir la medida de aseguramiento tras una solicitud presentada por la defensa de Nicolás Petro.
Entre los argumentos del despacho judicial se estableció que la restricción de movilidad, en lugar de cumplir con el fin constitucional perseguido, generaba posibles afectaciones a los derechos fundamentales del procesado.
La decisión judicial falló en contra de la apelación presentada por la Fiscalía y la Procuraduría, quienes argumentaban que la restricción era necesaria como medida preventiva debido al riesgo de no comparecencia del procesado y el peligro que podría representar para la seguridad de la sociedad.
Con información de wradio y bluradio
Destacados
TENDENCIAS

