Magistrado Héctor Alarcón denuncia alteraciones en ponencia sobre caso de cohecho contra Iván Name y Andrés Calle
Por: Maria José Salcedo
13 mayo, 2025

El magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Héctor Javier Alarcón, denunció modificaciones sustanciales en la ponencia aprobada por la Sala Especial de Instrucción en el proceso que investiga a los congresistas Iván Name Vásquez y Andrés Calle Aguas por presunto cohecho. Según su salvamento parcial de voto, revelado por Blu Radio, el contenido final del documento fue presuntamente alterado sin previo conocimiento ni aprobación del pleno de magistrados.
Alarcón afirmó que, tras las deliberaciones del 6 y 7 de mayo, el texto final de la decisión —firmado bajo el principio de confianza— incluyó y suprimió apartes esenciales que afectaron directamente sus objeciones. “Se eliminaron y añadieron apartes cruciales que impactaron directamente mis objeciones expuestas durante la discusión”, señaló en el documento.
Aunque el magistrado reconoció la gravedad de los hechos en investigación, cuestionó la calificación jurídica de “cohecho impropio” otorgada al caso, argumentando que los actos presuntamente cometidos por los legisladores encajan mejor en la figura de “cohecho propio”, ya que habrían implicado el incumplimiento directo de deberes oficiales mediante la supuesta entrega de favores legislativos a cambio de beneficios económicos.
Alarcón expresó además preocupación por lo que calificó como “modificaciones subrepticias” introducidas tras el debate oficial. “Se trata de atacar y aminorar argumentativamente la postura exteriorizada a través de mi intervención disidente individual, la cual elevé con respetuosos y jurídicos argumentos”, sostuvo en su salvamento.
Otro punto relevante en su disenso fue la medida de aseguramiento de detención intramural dictada contra los congresistas. Alarcón cuestionó que no se hubiera aplicado el test de proporcionalidad de forma adecuada, ni considerado alternativas como la detención domiciliaria o restricciones menos gravosas. “Se impuso la medida más drástica sin justificar por qué las otras no eran suficientes”, precisó.
El magistrado también advirtió que la Corte habría interpretado de forma incorrecta el artículo 68A del Código Penal, el cual fue usado para justificar la decisión de negar otras medidas sustitutivas. Según indicó, dicha norma aplica únicamente en etapas posteriores a una condena, y no en fases preliminares del proceso penal como la actual.
La votación de la Sala de Instrucción fue dividida: cuatro magistrados estuvieron a favor de la medida de captura, mientras dos votaron en contra. Al salvamento de Alarcón se sumó el de la magistrada Cristina Lombana, quien hizo dos observaciones centrales: una posible ilegalidad en la obtención de pruebas clave y la omisión del análisis sobre el delito de financiación de campañas con fuentes prohibidas.
Lombana alertó que varios elementos probatorios entregados por la Fiscalía —entre ellos declaraciones y conversaciones obtenidas mediante acuerdos con testigos— habrían sido recabados de forma irregular. Señaló especialmente a los exfuncionarios de la UNGRD, Olmedo López y Sneyder Pinilla, beneficiados con principios de oportunidad. Según su advertencia, las condiciones en las que se recolectaron estos testimonios podrían comprometer su validez jurídica.
Con información de bluradio
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