Epa Colombia solicitó detención domiciliaria bajo Ley de Utilidad Pública

Por: Maria José Salcedo

27 marzo, 2025

Epa Colombia solicitó detención domiciliaria bajo Ley de Utilidad Pública

Daneidy Barrera Rojas, conocida como ‘Epa Colombia’, ha solicitado formalmente al Juzgado Tercero de Ejecución de Penas de Bogotá la concesión de la detención domiciliaria bajo la figura de la Ley de Utilidad Pública. Su defensa argumentó que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente.

El abogado Francisco Bernate, representante legal de Barrera Rojas, presentó un escrito en el que sostiene que su clienta cumple con las condiciones para acceder a la medida, entre ellas ser madre cabeza de hogar y haber recibido una condena inferior a ocho años de prisión.

Solicitud basada en la Ley 2292 de 2023

En el documento, la defensa formalizó la petición ante el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas de Bogotá y planteó la aplicación de la Ley 2292 de 2023, que permite la prestación de servicios de utilidad pública como sustitutivo de la pena privativa de la libertad.

Como parte de la solicitud, Barrera Rojas presentó el proyecto “Aprende y Emprende con Epa Colombia”, con el que pretende capacitar a mujeres en situación de vulnerabilidad en técnicas de belleza capilar.

Esta iniciativa busca beneficiar a mujeres víctimas del conflicto armado, violencia de género o que han enfrentado dificultades para reinsertarse en la sociedad tras haber estado privadas de la libertad. Según la defensa, el proyecto cumple con la función resocializadora y la utilidad pública exigidas por la norma, al ofrecer herramientas de formación profesional y promoción del emprendimiento.

Barrera Rojas fue condenada por daños en el sistema de transporte público y por instigación a delinquir con fines terroristas. Actualmente, su condena se encuentra en etapa de ejecución, y con esta solicitud busca modificar el cumplimiento de la pena en un establecimiento carcelario por detención domiciliaria con prestación de servicios de utilidad pública.

El Juzgado Tercero de Ejecución de Penas de Bogotá evaluará la solicitud y determinará si Barrera Rojas cumple con los requisitos para acceder al beneficio.

Viabilidad de la solicitud

Expertos en la materia explican que Barrera Rojas podría apelar a esta ley “siempre y cuando logre acreditar que al momento de realizar la conducta se encontraba en condiciones de marginalidad que incidieron en la realización del delito”.

De acuerdo con la normativa, a las beneficiadas por esta ley se les sustituiría sus condenas por “la prestación de servicios de utilidad pública no remunerados que favorezcan la comunidad”.

El fallo del Juzgado Tercero de Ejecución de Penas será determinante para definir si Barrera Rojas podrá cumplir su condena en detención domiciliaria mientras desarrolla su proyecto social.