La Dian devolverá solo $57.000 millones de $1,69 billones recaudados en la emergencia económica:
Por: Redacción Paragrafo
21 abril, 2026

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) anunció que devolverá $57.000 millones de los $1,69 billones recaudados durante la emergencia económica de diciembre de 2025, una cifra que, según analistas, no cumple con el mandato de la Corte Constitucional y desincentiva a los contribuyentes a reclamar sus recursos. El proceso, criticado por su alta carga burocrática y probatoria, podría dejar en manos del Estado más del 96% del dinero recaudado, dejando sin efecto gran parte del fallo judicial.
Un fallo amplio vs. una respuesta limitada
La Corte Constitucional ordenó en 2025 la devolución de impuestos directos e indirectos cobrados bajo el decreto de emergencia económica, declarando inconstitucionales algunas medidas. Sin embargo, la Dian, liderada por Carlos Betancourt, justificó la diferencia en los montos argumentando que $1,63 billones corresponden a alivios tributarios que permitieron a contribuyentes normalizar deudas, por lo que no son reembolsables.
El exdirector de la Dian, Lisandro Junco, criticó esta interpretación, señalando que existe una “brecha entre lo ordenado por la Corte y la respuesta institucional”. Según Junco, el fallo establece tres puntos clave:
- Devolución de impuestos directos creados o modificados durante la emergencia.
- Validación de amnistías tributarias ya consolidadas (punto en el que coincide con la Dian).
- Reintegro de impuestos indirectos (como IVA e impuesto al consumo) a quienes los pagaron materialmente.
El tercer punto es el más controvertido, ya que la Dian solo devolverá $57.000 millones, concentrados en:
- $24.000 millones por el impuesto de estabilidad fiscal en exportaciones de hidrocarburos y carbón.
- $14.000 millones por IVA en compras internacionales de bajo valor.
- $3.700 millones por IVA en apuestas en línea (a través de corrección de declaraciones).
- Exclusión del IVA en licores importados, al considerarse un valor descontable para los importadores.
Trámites complejos: ¿el principal obstáculo?
El proceso de devolución enfrenta altas barreras administrativas, lo que podría disuadir a los ciudadanos. Para reclamar el IVA en licores, por ejemplo, se exige factura electrónica, mientras que en compras internacionales, los usuarios deben gestionar la devolución con operadores logísticos, añadiendo intermediarios y más pasos burocráticos.
Diego Solano, abogado del Centro Jurídico Internacional, advirtió que el IVA, al ser un impuesto indirecto, requiere demostrar que se asumió el costo final, presentando facturas, certificaciones de no traslado del impuesto e incluso extractos bancarios. “Estamos ante un escenario en el que, aunque la devolución esté habilitada, la recuperación real será mínima”, afirmó.
¿Cumple la Dian con el fallo de la Corte?
Junco cuestionó que la entidad no gestione directamente las devoluciones, obligando a los ciudadanos a interactuar con intermediarios. “Anunciar que solo van a devolver lo que ellos quieran es cumplir por lo bajo, como si el fallo fuera un techo y no un piso”, declaró.
Además, advirtió sobre incertidumbre jurídica, ya que cruzar estos valores con declaraciones de renta no corresponde en impuestos indirectos, generando desconfianza entre los contribuyentes.
Aunque la Dian aseguró tener la capacidad operativa para atender las solicitudes, los expertos prevén que pocos ciudadanos reclamarán debido a la complejidad y los bajos montos. La entidad, por su parte, insiste en que los alivios tributarios favorecieron la recuperación de cartera, justificando la exclusión de la mayoría de los recursos.
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