Colombia retira del mercado 136 esmaltes semipermanentes por contener sustancias prohibidas

Por: Maria Jose Salcedo

6 marzo, 2026

El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) anunció la eliminación de 136 productos de esmaltes semipermanentes y materiales para uñas del comercio nacional. La medida, oficializada mediante la Resolución 2026007526 del 17 febrero de 2026, se basa en la detección de dos componentes químicos que la normativa regional vetó a partir de diciembre de 2025: Trimethylbenzoyl Diphenylphosphine Oxide (TPO) y N,N‑dimetil‑p‑toluidine (DMPT).

Los artículos afectados –gel polish, bases, top coat, monómeros y líquidos modeladores– ya no pueden venderse ni distribuirse en tiendas, salones de belleza o por mayoristas. Los inventarios existentes deben ser retirados y destruidos, según lo estipulado por la autoridad sanitaria.

Motivo de la prohibición

Estudios científicos citados por el Invima vinculan al TPO y al DMPT con riesgos potenciales para la salud, entre ellos efectos carcinogénicos, toxicidad reproductiva y reacciones de sensibilización cutánea. Por esa razón, la Comunidad Andina (CAN) actualizó su reglamento de cosméticos y prohibió el uso de estos compuestos en toda la región. La normativa se publicó en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena el 15 de diciembre de 2025, otorgando a los fabricantes 60 días para adecuar sus fórmulas o perder la notificación sanitaria.

Reacción del sector

“Era una cuestión de tiempo; la evidencia ya mostraba la peligrosidad de esos ingredientes”, comentó la experta en toxicología dermatológica, Ana María Ríos. Los profesionales de la belleza, que han visto crecer la demanda de esmaltes en gel en los últimos años, ahora deberán revisar sus catálogos y asegurarse de que los productos cuenten con notificación sanitaria vigente.

El Invima reiteró su compromiso de inspeccionar, vigilar y sancionar a quienes continúen comercializando cosméticos sin la autorización correspondiente. Además, instó a importadores, distribuidores y establecimientos a mantener una vigilancia constante sobre la composición de los productos que ofrecen.

La Resolución 2026007526 forma parte de una serie de acciones destinadas a armonizar la legislación colombiana con los estándares de la CAN. La prohibición de TPO y DMPT busca proteger tanto a los consumidores finales como a los trabajadores de salones, quienes están expuestos de forma frecuente a vapores y residuos de estos compuestos durante la aplicación de los esmaltes.

Los titulares de registros sanitarios que aún no hayan reformulado sus fórmulas deben presentar una nueva notificación antes del 30 abril de 2026. Aquellos que no cumplan con el plazo verán cancelada su autorización y enfrentarán multas y la incautación de los lotes en circulación.

Con la eliminación de los 136 productos, se espera una reducción significativa de los riesgos asociados al uso de esmaltes semipermanentes en Colombia. La autoridad sanitaria continuará monitoreando el mercado y actualizará la lista de sustancias prohibidas conforme avancen los estudios científicos.