Proyecto de ley en Colombia busca reformar el sistema de fotomultas

Por: Maria Jose Salcedo

12 mayo, 2025

Proyecto de ley en Colombia busca reformar el sistema de fotomultas para proteger derechos de los conductores

Un proyecto de ley que avanza en el Congreso de la República propone cambios significativos en la regulación de los comparendos por infracciones de tránsito captadas mediante sistemas automáticos, conocidos popularmente como fotomultas. La iniciativa legislativa, identificada como el proyecto de ley 158 de 2024 en el Senado y acumulada con el 220 de 2024, busca garantizar los derechos fundamentales de los ciudadanos y acabar con los abusos en la imposición de sanciones.

Uno de los cambios más relevantes planteados en el proyecto es la obligación de identificar plenamente al conductor que comete la infracción. Hasta ahora, las cámaras captaban la placa del vehículo, pero la sanción recaía sobre el propietario, independientemente de quién estuviera al volante. Con la nueva propuesta, solo se podrá sancionar si se demuestra con claridad quién iba conduciendo, a menos que el propietario reconozca la falta o no identifique al infractor en los plazos estipulados.

Además, el proyecto establece que las pruebas captadas por cámaras automáticas no serán suficientes si existen dudas sobre la identidad del infractor. En caso de evidencia ambigua, el principio de “in dubio pro administrado” (en caso de duda, a favor del ciudadano) se aplicará para proteger los derechos del presunto infractor.

Otros aspectos clave de la propuesta incluyen:

* Plazos para notificación y defensa: Una vez validado el comparendo, las autoridades tendrán hasta tres días hábiles para notificar al infractor. A partir de la notificación, el ciudadano contará con 20 días hábiles para presentar descargos.
* Actualización de datos en el RUNT: Los propietarios de vehículos deberán mantener actualizada su información en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT). Si no lo hacen, la notificación será considerada válida al enviarse a la dirección registrada.
* Nuevos requisitos para sistemas automáticos: Las cámaras y sistemas de detección deberán cumplir con criterios técnicos definidos por el Ministerio de Transporte y contar con autorización de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, cuya vigencia será de cinco años.
* Limitación al uso de cámaras: La instalación de cámaras no autorizadas a nivel nacional quedará prohibida, salvo en sistemas de transporte público masivo para controlar la invasión de carriles exclusivos, siempre y cuando estén debidamente señalizados.

El proyecto de ley, que ya fue aprobado en primer debate en la Comisión Sexta del Senado, ha generado controversia y debate. “El mensaje es claro: los carros no cometen infracciones, las cometen personas. Nadie debe ser sancionado si no hay certeza de que fue quien cometió la falta”, afirmó el senador Julio Alberto Elías Vidal, uno de los impulsores de la iniciativa.

De ser aprobado en los próximos debates, el proyecto reformaría de manera estructural el modelo actual de fotomultas en Colombia, priorizando la protección de los derechos de los ciudadanos y estableciendo controles más estrictos sobre los sistemas de detección automática.