Presidente Petro solicita anular fallo que prohíbe transmisión de consejos de ministros en canales privados
Por: Maria Jose Salcedo
21 abril, 2025

El presidente de Colombia, Gustavo Petro, presentó una solicitud formal ante el Consejo de Estado para anular el fallo que le impide transmitir los consejos de ministros a través de canales privados de televisión y canales regionales.
La petición fue radicada el 21 de abril, mismo día en que el mandatario anunció la transmisión del consejo de ministros en todos los canales, tanto públicos como privados, justificándolo por la declaratoria de emergencia ante la fiebre amarilla en el país.
La solicitud de nulidad, presentada por la abogada Carolina Jiménez Bellicia y el secretario Jurídico de la Presidencia, Efraín Cifuentes, argumenta principalmente una presunta vulneración al debido proceso del presidente Petro, al no haberle permitido defenderse ni exponer las razones por las cuales considera esencial la transmisión de estas reuniones gubernamentales.
“Nunca se le dio la oportunidad al primer mandatario para ejercer su derecho a la contradicción por no haber sido vinculado dentro del presente proceso, por lo que se omitió garantizar sus derechos fundamentales a la defensa y debido proceso”, indica el documento presentado. Según Cifuentes, el presidente y el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE) son sujetos procesales diferentes, y en este proceso solo se vinculó a la entidad.
Previamente, el ministro del Interior, Armando Benedetti, había anunciado la impugnación del fallo, afirmando que “una tutela no puede ir en contra de la Ley 182 de 1995” y que “por una ciudadana que deba apagar el televisor, no se puede privar a millones de personas de que se enteren de las decisiones del Ejecutivo”.
El fallo objeto de controversia fue emitido por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, que determinó que la transmisión obligatoria de los consejos de ministros en todos los canales de televisión vulneraba el derecho ciudadano a recibir información plural, objetiva, veraz y oportuna.
El tribunal argumentó que el derecho a la información no puede ser impuesto obligatoriamente, sino que debe ser ejercido libremente. Además, señaló que la afectación es particularmente grave cuando ocurre en horario prime time (de 7 a 10:30 de la noche), cuando los televidentes buscan diversidad de contenidos informativos, de ocio y culturales.
“Al transmitir los consejos de ministros en todos los canales de televisión abierta, se limitaba la posibilidad de acceder a otras fuentes de información y se obligaba a los ciudadanos a consumir únicamente la información oficial del gobierno”, explicó el Consejo de Estado en su decisión.
El fallo, no obstante, permite que estas reuniones gubernamentales sean transmitidas por los canales públicos nacionales como Señal Colombia y la Señal Institucional, manteniendo así un espacio oficial para la difusión de las actividades del ejecutivo.
Con información de caracol radio
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