Consejo de estado anula restricción de contratos de prestación de servicios impuesta por directiva presidencial

Por: Ronny Orejarena

6 enero, 2024

Fachada Palacio de Justicia Corte Constitucional Corte Suprema Consejo de Estado Consejo Superior de la Judicatura Bogota. Foto: Semana

El Consejo de Estado de Colombia ha derogado una normativa que limitaba la posibilidad de tener dos o más contratos por prestación de servicios con entidades públicas, establecida por una directiva presidencial en 2022. La medida, presentada por el gobierno de Gustavo Petro en busca de formalizar la contratación pública, fue objeto de controversia y fue finalmente anulada tras una revisión del Consejo de Estado.

La disposición, que prohibía tener múltiples contratos de prestación de servicios con entidades públicas, fue demandada por los ciudadanos Joel David Gaona Lozano y Sebastián Rojas Sánchez. El Consejo de Estado, que ya había suspendido previamente una directiva presidencial en diciembre, limitando a cuatro meses los contratos de prestación de servicios, ha respaldado nuevamente los argumentos de los demandantes.

En su fallo, el Consejo de Estado sostuvo que la reglamentación de Presidencia, al imponer restricciones administrativas sin el respaldo legislativo correspondiente, violaba la autonomía de las personas, así como la libertad de contratación y de empresa. El Tribunal destacó que cualquier limitación a estos derechos debe ser establecida por el Congreso mediante legislación.

El Consejo de Estado subrayó que toda persona en el país tiene el derecho de asumir obligaciones en procesos de selección y de buscar contratos estatales, y que los límites de estos derechos deben ser establecidos por el Congreso. La limitación impuesta por la directiva presidencial, según el Consejo de Estado, carecía de consagración constitucional o legal y creó una prohibición no prevista en la ley, generando inhabilidad o incompatibilidad.