Procuraduría cuestiona informe de la Contraloría sobre supuestos desvíos millonarios en EPS
Por: Elizabeth Montoya
31 agosto, 2024
La Procuraduría General de Colombia ha lanzado una fuerte crítica al reciente informe de la Contraloría que señala presuntos desvíos millonarios de recursos por parte de las Entidades Promotoras de Salud (EPS). Diana Margarita Ojeda, procuradora delegada para la Salud, la Protección Social y el Trabajo Decente, cuestionó la validez y el fundamento legal de las conclusiones presentadas por el ente de control.
El informe de la Contraloría, dirigido por Carlos Hernán Rodríguez, alega que más de 5 billones de pesos provenientes de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) del año 2020 fueron utilizados por las EPS para saldar deudas de ejercicios fiscales anteriores. Esto, según el organismo, constituiría una violación del principio de anualidad presupuestal.
Sin embargo, Ojeda argumenta que existe un “grave desacierto” en la interpretación de la Contraloría al aplicar este principio a las EPS. En su comunicado, la procuradora delegada sostiene que dicha aplicación “resulta totalmente contraria al ejercicio de las funciones jurisdiccionales de la Superintendencia Nacional de Salud”, que durante más de 15 años ha resuelto conflictos relacionados con devoluciones y glosas a facturas en el sistema de salud.
La controversia se extiende más allá de la interpretación legal. El informe de la Contraloría también señala gastos cuestionables por parte de Nueva EPS, que habría destinado aproximadamente 35.000 millones de pesos de la UPC a rubros no directamente relacionados con la prestación de servicios de salud. Entre estos se incluyen pagos de honorarios a la junta directiva por más de 280 millones de pesos, así como gastos en vales de gasolina, alimentación y actividades recreativas para empleados.
La Contraloría enfatiza que los recursos de la UPC deben ser ejecutados en actividades estrictamente relacionadas con el acto médico, conforme a la Ley 1751 de 2015. No obstante, la Procuraduría cuestiona la base legal de estas afirmaciones y su aplicabilidad en el contexto de las EPS.