Expertos constitucionales advierten que consulta popular por decreto es jurídicamente inviable

Por: Maria Jose Salcedo

4 junio, 2025

Expertos constitucionales advierten que consulta popular por decreto es jurídicamente inviable

La intención del presidente Gustavo Petro de convocar por decreto una consulta popular sobre la reforma laboral, pese a haber sido rechazada por el Senado de la República, ha generado fuertes cuestionamientos en el ámbito jurídico. Diversos expertos en derecho constitucional consideran que esta decisión representa una violación del orden constitucional y una amenaza directa a la separación de poderes en Colombia.

En una alocución presidencial emitida este martes, el mandatario anunció que expedirá un decreto para convocar al pueblo colombiano a las urnas con el fin de decidir sobre su reforma laboral, al considerar que “jamás hubo un concepto favorable en el Senado”. No obstante, juristas y académicos señalan que esta afirmación no se ajusta a la realidad jurídica y que, de avanzar con el mecanismo, el Gobierno estaría desconociendo un acto legislativo legítimo y definitivo.

El concepto del Senado es un acto definitivo

Uno de los argumentos centrales en contra del decreto es que el Senado ya emitió un concepto desfavorable sobre la propuesta de consulta popular, lo que legalmente pone fin al trámite. Así lo sostuvo la Sección Quinta del Consejo de Estado, que al admitir una demanda relacionada con el caso, reconoció que la decisión del Congreso constituye un acto definitivo y no puede ser ignorada por el Ejecutivo.

En línea con esta interpretación, Luis Guillermo Guerrero, expresidente de la Corte Constitucional, afirmó al diario El Colombiano que “la posición del Gobierno es insostenible”. El jurista explicó que “hubo una decisión del Senado, expresada por su presidente y certificada por el secretario de la corporación, adversa a la consulta”. Agregó que “el Presidente de la República no puede, por sí y ante sí, declarar que esa decisión es inexistente”.

Según Guerrero, cualquier irregularidad o vicio en el procedimiento legislativo debería ser llevado ante una instancia judicial competente. “Solo si el juez deja sin efecto el pronunciamiento del Congreso cabría buscar una salida distinta”, señaló el exmagistrado.

Tensiones entre poderes

El anuncio presidencial ha sido interpretado por expertos como un desafío al equilibrio de poderes, principio fundamental del Estado Social de Derecho. La iniciativa ha sido calificada por analistas como un acto unilateral que puede afectar la legitimidad institucional y abrir un precedente riesgoso en el manejo de los mecanismos de participación ciudadana.

Pese a que el Gobierno asegura contar con el respaldo de juristas como Eduardo Montealegre, exfiscal general, y Luis Ernesto Vargas, expresidente de la Corte Constitucional, otros sectores académicos han manifestado que una consulta por decreto no tiene asidero constitucional si ya fue negada por el Congreso.

La Corte Constitucional tiene la última palabra

Ante este escenario, la Corte Constitucional será la encargada de revisar el decreto una vez expedido. El presidente Petro indicó que será este tribunal, y no otra instancia, el que tendrá la responsabilidad de evaluar su validez. No obstante, los expertos coinciden en que el alto tribunal deberá analizar si el Ejecutivo actuó dentro del marco legal o si se extralimitó en sus funciones.

En paralelo, algunos funcionarios del propio Gobierno han señalado, bajo reserva, que la consulta popular no se ve viable electoralmente, y que su verdadero objetivo sería presionar al Congreso para que avance con la aprobación de una versión modificada de la reforma laboral, revivida recientemente tras haber sido hundida en marzo.