Consejo de Estado anula personería jurídica del movimiento político de Francia Márquez

Por: Maria José Salcedo

20 marzo, 2025

Francia Márquez | Foto: Colprensa

La Sección Quinta del Consejo de Estado ha revocado la personería jurídica del movimiento “Soy Porque Somos”, liderado por la vicepresidenta de Colombia, Francia Márquez. El alto tribunal determinó que el Consejo Nacional Electoral (CNE) incurrió en indebida motivación al otorgar dicho reconocimiento jurídico.

Según establece el fallo, al movimiento político no le eran aplicables los lineamientos excepcionales adoptados para partidos que fueron víctimas de violencia y persecución, como la Unión Patriótica (UP) o el Nuevo Liberalismo, ya que “Soy Porque Somos” no alcanzó el umbral de votación mínimo requerido por la ley.

“En tales condiciones, esta Sala considera que la interpretación del Consejo Nacional Electoral para reconocer la personería jurídica en este caso convierte la excepción en regla general y, aunque en este esfuerzo apeló a principios de orden superior, acaba desconociendo la finalidad que persigue el requisito constitucional”, señala el documento judicial.

El tribunal también determinó que las coaliciones en las que participó el movimiento, como la conformada para la Cámara de Representantes por el departamento de Bolívar, carecían de validez legal para otorgar personería jurídica, puesto que la organización no contaba con este reconocimiento previo. Bajo esta interpretación, el simple hecho de participar en una coalición no significa que automáticamente se le deban endosar los resultados electorales, como erróneamente interpretó el CNE.

Respecto a los precedentes de violencia que sufrieron agrupaciones como la UP, el Nuevo Liberalismo y Colombia Humana, la Sección Quinta estableció que las reglas jurídicas definidas por la Corte para estos casos no eran aplicables al partido “Soy Porque Somos”, precisamente porque este no solicitó la personería basándose en la condición de víctimas del conflicto armado.

“Debe concluirse que, al prosperar el cargo por falsa motivación, no solo se desquició el sentido y alcances que tuvieron las providencias de unificación aludidas, sino también bajo un ejercicio de interpretación impropio de la situación vivida por Soy Porque Somos, se citaron preceptos legales y jurisprudenciales que no le eran aplicables”, precisa el fallo.

Adicionalmente, el Consejo de Estado subrayó que la elección de Francia Márquez como vicepresidenta de Colombia no confiere automáticamente personería jurídica a su movimiento político. “La regla general de acceso a la personería jurídica es el umbral de votación previsto en el artículo 108 superior en las elecciones al Congreso de la República, que no contempla un certamen diferente por esta vía”, concluyó el tribunal.

 

 

Con información de wradio