Consejo de Estado anula nombramiento de Germán Gómez como cónsul en Argentina
Por: Elizabeth Montoya
20 julio, 2024
La Sección Quinta del Consejo de Estado ha invalidado la designación de Germán Antonio Gómez Polo como cónsul de Colombia en Argentina, dejando sin efecto el Decreto 1155 del 10 de julio de 2023. Esta decisión se fundamenta en la existencia de funcionarios de carrera diplomática disponibles para ocupar el cargo, haciendo innecesario el nombramiento provisional.
El magistrado Luis Alberto Álvarez, en su ponencia, respaldó la posición de la Procuraduría General de la Nación, que argumentaba contra la decisión de primera instancia. El alto tribunal señaló: “Se demostró que existían funcionarios disponibles que hacen parte de la carrera diplomática y consular para asumir el cargo de consejero de relaciones exteriores, código 1012, grado 11 de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito al Consulado General de Colombia en Buenos Aires, de manera que no era posible efectuar un nombramiento en provisionalidad”.
La resolución del Consejo de Estado estableció que, al momento de expedir el decreto que designaba a Gómez Polo, había al menos una persona de carrera diplomática y consular apta para el puesto. Este hecho llevó a considerar que el nombramiento contravenía la normativa vigente.
Gómez, comunicador social de la Universidad de Cartagena con estudios de maestría en Periodismo de la Universidad de Buenos Aires, había desempeñado previamente el cargo de secretario para las Comunicaciones y Prensa de la Presidencia de la República durante el gobierno de Gustavo Petro. Su trayectoria incluye también haber sido parte de la unidad de trabajo legislativo del senador Armando Benedetti.
El fallo del Consejo de Estado no solo revoca la sentencia de primera instancia, sino que además ordena “declarar la nulidad del Decreto 1155 de 10 de julio de 2023”. Esta decisión se basa en el incumplimiento de la normativa que exige priorizar a los funcionarios de carrera diplomática para tales nombramientos.