Consejo de Estado admitió demanda contra resolución de “gestores de paz” de disidencias de las Farc

Por: Maria José Salcedo

29 octubre, 2024

Consejo de Estado admitió demanda contra resolución de “gestores de paz” de disidencias de las Farc

El Consejo de Estado ha aceptado estudiar una demanda presentada en contra de la Resolución 345 del 30 de agosto de 2024, emitida por el presidente Gustavo Petro, en la cual se nombra como “gestores de paz” a miembros de las disidencias del Estado Mayor Central de las Farc. Entre los designados se encuentra Édgar de Jesús Orrego Arango, conocido como alias Firu, un líder de las disidencias que en julio fue sorprendido en una caravana de la Unidad Nacional de Protección (UNP) en Antioquia, transportando dinero en efectivo y armas.

La demanda, interpuesta por el ciudadano Santiago Suárez Morales, argumenta que la resolución es “contraria a la Constitución, al Código Penal, al Código de Procedimiento Penal, al Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y a los precedentes de la Corte Constitucional”. Suárez Morales solicita que la medida sea anulada, y que se garantice el respeto a los derechos de las víctimas de las disidencias, exigiendo que los designados como “gestores de paz” se sometan a procesos penales acordes con los principios de verdad, justicia y reparación.

La Resolución 345, firmada por el presidente Petro como parte de su política de “paz total”, designa a cuatro miembros de las disidencias de las Farc como gestores de paz. Alias Firu, junto con otros líderes disidentes como Alexander Díaz Mendoza (alias Calarcá) y Erlinson Chavarría Escobar (alias Ramiro), fueron nombrados con esta categoría, que permite su movilización y trabajo en actividades en pro de la paz en todo el país. La medida, vigente por seis meses, incluye compromisos de los designados para asistir a diligencias judiciales y entregar informes mensuales a la Oficina del Alto Consejero para la Paz.

Uno de los episodios que genera mayor controversia en torno a la figura de alias Firu ocurrió en julio de este año. En un retén militar en Cisneros, Antioquia, el Ejército interceptó una caravana de la UNP, en la que viajaban alias Firu, alias Calarcá y alias Ramiro, en compañía de escoltas de la UNP. Los tres disidentes se negaron a descender de los vehículos, presentando documentos que justificaban su libertad de movimiento y su ausencia de órdenes de captura. Este episodio generó tensión entre los efectivos militares y los escoltas, quienes alegan no haber recibido información detallada sobre la identidad de las personas protegidas.

La resolución establece que los gestores de paz, en coordinación con la Oficina del Comisionado de Paz, deben firmar un acta en la que se comprometen a colaborar en las diligencias judiciales y cumplir con una serie de tareas administrativas. Estas incluyen la creación de un plan de trabajo y la entrega de informes mensuales sobre sus actividades, con el objetivo de contribuir al proceso de paz y facilitar la transición hacia la legalidad.

El Consejo de Estado revisará los argumentos presentados por Suárez Morales y evaluará si la designación de estos disidentes como gestores de paz es constitucional.