Corte Constitucional ordena al Ejército reconocer identidad no binaria en el servicio militar

Por: Maria Jose Salcedo

29 octubre, 2025

Corte Constitucional ordena al Ejército reconocer identidad no binaria en el servicio militar

La Corte Constitucional de Colombia ordenó al Ejército Nacional incluir la categoría de “no binario” en los trámites relacionados con el servicio militar obligatorio, luego de fallar una tutela a favor de Tonny Alberto Gualdrón Pacheco, quien denunció la vulneración de sus derechos fundamentales a la igualdad y al libre desarrollo de la personalidad.

El demandante argumentó que la institución castrense se negó a modificar su libreta militar para que reflejara la identidad de género con la que se reconoce legalmente, pese a que sus demás documentos oficiales —registro civil de nacimiento y cédula de ciudadanía— ya contienen el marcador “no binario”.

El Ejército, por su parte, sostuvo que no existía un fundamento jurídico que permitiera registrar una categoría distinta a “hombre” o “mujer” dentro de su sistema, y señaló que, aunque la Corte había abordado un caso similar en la sentencia T-033 de 2022, la competencia para regular este tipo de situaciones recae en el Congreso de la República.

No obstante, la Corte Constitucional reiteró que la identidad de género no puede reducirse a una clasificación binaria. En su fallo, el alto tribunal indicó que esta “no constituye una categoría única, sino un espectro que abarca diversas formas de autopercepción y expresión, las cuales deben ser protegidas constitucionalmente como manifestaciones del libre desarrollo de la personalidad”.

Asimismo, el tribunal advirtió que mantener un modelo binario en las instituciones públicas “reproduce una visión limitada del género y constituye una forma de exclusión incompatible con el mandato constitucional de asegurar el pluralismo y la igualdad ante la ley”.

La Corte concluyó que la ausencia de mecanismos que permitan el reconocimiento de personas no binarias dentro de los procesos administrativos del Ejército representa un trato diferenciado e injustificado, contrario a los principios de dignidad humana e inclusión.

En consecuencia, el alto tribunal ordenó a la institución castrense adoptar las medidas necesarias para garantizar el respeto de estos derechos. En particular, dispuso que en un plazo máximo de dos meses contados desde la notificación del fallo, el Ejército deberá diseñar y ejecutar un plan de capacitación dirigido a su personal, con el fin de asegurar que los sistemas de información y los trámites relacionados con la libreta militar reconozcan las identidades no binarias.