Corte Constitucional declara constitucionalidad del Acuerdo de Escazú
Por: Ronny Orejarena
28 agosto, 2024
La Sala Plena de la Corte Constitucional de Colombia declaró este miércoles la constitucionalidad del Acuerdo de Escazú, ratificando que no era necesario realizar una consulta previa con las comunidades étnicas para su aprobación. El fallo, unánime, reafirma que el acuerdo es compatible con la Constitución y que su implementación no afecta de forma directa a estas comunidades.
El Acuerdo de Escazú, un tratado internacional centrado en el acceso a la información, la participación pública y la justicia en asuntos ambientales, también busca garantizar un entorno seguro para quienes se dedican a la protección del medio ambiente.
La Corte Constitucional explicó en su fallo que el Acuerdo de Escazú no requiere una reglamentación específica que afecte directamente a las comunidades étnicamente diferenciadas, como lo señaló en su análisis. “El Acuerdo no abarca una reglamentación específica de aspectos que afecten de forma directa a las comunidades étnicamente diferenciadas. La regulación en él inserta se enfoca en lograr la implementación plena y efectiva de los derechos de acceso en asuntos ambientales”, afirmó la Corte en su pronunciamiento.
Asimismo, el alto tribunal determinó que el acuerdo no está sujeto a la reserva de ley estatutaria, que normalmente regula derechos fundamentales y requiere un trámite legislativo especial. Esta decisión respalda que la implementación del Acuerdo de Escazú no implica modificaciones directas en los derechos fundamentales que estarían bajo la tutela de leyes estatutarias.
Con información de La República