Corte Constitucional de Colombia declara inembargables a los animales de compañía

Por: Elizabeth Montoya

26 septiembre, 2024

La Corte Constitucional de Colombia ha prohibido el embargo de animales de compañía en procesos judiciales, incluyendo divorcios y cobros bancarios, una decisión tomada este 25 de septiembre durante el XIX Conversatorio de la Jurisdicción Constitucional en Manizales.

La Sala Plena de la Corte, siguiendo la ponencia de la magistrada Natalia Ángel Cabo, determinó que la exclusión de las mascotas del listado de bienes inembargables en el artículo 594 de la Ley 1564 de 2012 constituía una omisión legislativa. Este vacío legal, según el tribunal, no consideraba adecuadamente la protección animal ni reconocía a las mascotas como seres sintientes.

La Procuraduría General de la Nación respaldó esta decisión, argumentando que separar a las personas de sus mascotas por razones financieras podría afectar significativamente su bienestar psicológico. El Ministerio Público enfatizó que, aunque legalmente las mascotas son consideradas bienes muebles, los vínculos afectivos que desarrollan con sus dueños merecen protección constitucional.

Esta resolución amplía el artículo 594 del Código General del Proceso, que ya enumeraba 16 tipos de bienes inembargables, para incluir ahora a los animales de compañía. La Corte fundamentó su decisión en la necesidad de salvaguardar la intimidad personal y familiar, así como en el principio de la dignidad humana, del cual se deriva un deber de protección animal.

El fallo subraya la creciente importancia de los lazos afectivos entre personas y mascotas en el bienestar emocional y psicológico de los individuos. Busca evitar que, en situaciones de crisis financiera, las personas se vean forzadas a separarse de sus animales de compañía, lo que podría exacerbar su vulnerabilidad emocional.

Esta decisión se alinea con una tendencia global de reconocer el valor de los animales más allá de lo meramente económico. Representa un avance significativo en la jurisprudencia colombiana, reflejando una mayor conciencia sobre el papel de las mascotas en la vida de las personas y su estatus como seres sintientes.

La medida no solo protege a los animales, sino que también resguarda los derechos fundamentales de sus dueños, incluyendo el libre desarrollo de la personalidad y los proyectos de vida. Este fallo establece un precedente importante en la legislación animal y podría influir en futuras decisiones judiciales relacionadas con el bienestar de las mascotas y sus propietarios en Colombia.