Transporte intraurbano hace parte del derecho a la salud: Corte
Por: becquerel
11 julio, 2023

La Corte Constitucional recordó que el amparo de transporte se hace extensivo a un acompañante del núcleo familiar cuando el menor sea dependiente de cuidados especiales.
Así lo concluyó la Sala Séptima de Revisión tras analizar dos tutelas que pedían el amparo de los derechos a la salud, dignidad humana, mínimo vital, calidad de vida e integridad personal de dos niños.
La Sala analizó los casos de dos menores de edad que padecen de autismo, retardo del desarrollo y retraso en el lenguaje, respectivamente. Los padres de los niños de cinco y 12 años solicitaron, vía tutela, que Salud Total EPS cubriera los gastos de traslados de los menores para acceder a las terapias de fonoaudiología, neurología, pediatría y psiquiatría que les asignó el médico tratante.
En el primer caso, los padres del menor relataron que no cuentan con los recursos para solventar los traslados del menor y de su madre, quien actúa como su cuidadora y, es quien lo asiste por su estado de salud. Mencionaron que devengan, exclusivamente, un salario mínimo legal vigente del cual deben suministrar casi el 25% de este solo para los traslados del menor a sus terapias.
La familia solicitó el amparo para que, no solo se le brinde el servicio de transporte intraurbano al menor, sino también a la madre. La Sala acogió la solicitud al considerar que resulta desproporcionado exigirle asumir los costos del servicio de transporte en medios distintos al transporte público.
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