Corte Constitucional ordena reabrir casos de “falsos positivos” tras detectar errores judiciales
Por: Elizabeth Montoya
25 octubre, 2024
La Corte Constitucional emitió un histórico fallo revocando decisiones previas que habían declarado caducadas sus demandas de reparación directa.
“Es fundamental proteger los derechos al debido proceso, el acceso a la justicia y las garantías de las víctimas de violaciones graves a los derechos humanos”, señaló el alto tribunal en su decisión.
Los casos emblemáticos involucran a Carlos Mario Durango Vallejo, fallecido en 1996 en Mutatá, Antioquia, y Jorge Armando Guevara Pérez. En ambas situaciones, las familias enfrentaron obstáculos significativos para presentar sus demandas dentro de los plazos establecidos.
La Subsección C de la Sección Tercera del Consejo de Estado había declarado inicialmente la caducidad de estas demandas, basándose únicamente en las fechas de fallecimiento. Sin embargo, la Corte Constitucional determinó que este criterio era inadecuado dada la complejidad de los casos.
“Basarse únicamente en sospechas vulnera los derechos fundamentales al acceso efectivo a la justicia y la reparación integral”, manifestó la Corte, estableciendo un precedente crucial para casos similares.
En el caso particular de Guevara Pérez, su compañera informó sus sospechas a la Fiscalía en 2010, pero carecía de pruebas suficientes para formalizar una demanda contra el Estado. Esta situación llevó a la Corte a adoptar un enfoque más flexible y centrado en las víctimas para la interpretación de los plazos de caducidad, especialmente en casos que involucran violaciones graves de derechos humanos.