Dian definió el calendario tributario 2026: estas son las principales fechas y obligaciones fiscales

Por: Maria Jose Salcedo

26 diciembre, 2025

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), Foto: Valora Analitik

El Gobierno Nacional, a través de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), estableció el calendario tributario que regirá durante el año 2026, en el que se fijan los plazos y fechas clave para que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales ante la autoridad tributaria. El cronograma aplica para los impuestos nacionales y contempla tanto deberes formales como sustanciales.

De acuerdo con lo informado por la Dian, el calendario se rige por lo dispuesto en el Decreto 2229 de 2023, norma que definió que los vencimientos se establezcan en días hábiles, con el fin de unificar los plazos y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias a lo largo del año.

En materia del Impuesto sobre la Renta y Complementarios, las personas naturales y las sucesiones ilíquidas deberán presentar la declaración correspondiente al año gravable 2025 entre el 12 de agosto y el 26 de octubre de 2026. Las fechas específicas dependerán de los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT). Estos mismos plazos aplican para las personas naturales residentes en el exterior que estén obligadas a declarar renta en Colombia.

Para los grandes contribuyentes, la Dian estableció que la declaración del Impuesto sobre la Renta del año gravable 2025 deberá presentarse y pagarse en tres cuotas. La primera cuota vencerá entre el 10 y el 23 de febrero de 2026; la segunda deberá pagarse junto con la presentación de la declaración entre el 13 y el 24 de abril; y la tercera cuota tendrá como plazo entre el 10 y el 24 de junio, de acuerdo con el último dígito del NIT.

En el caso de las personas jurídicas que no tienen la calidad de grandes contribuyentes, el pago del impuesto se realizará en dos cuotas iguales. La primera deberá efectuarse entre el 12 y el 26 de mayo de 2026, mientras que la segunda se pagará entre el 9 y el 23 de julio del mismo año, también según el último dígito del NIT.

El calendario tributario 2026 también fija obligaciones para los contribuyentes pertenecientes al Régimen Tributario Especial. Estos deberán realizar la actualización anual del registro web a más tardar el 30 de junio de 2026. Además, quienes hayan obtenido ingresos superiores a 160.000 Unidades de Valor Tributario (UVT) en el año anterior estarán obligados a presentar la memoria económica.

En relación con el Impuesto sobre las Ventas (IVA), la Dian determinó que los contribuyentes con ingresos iguales o superiores a 92.000 UVT deberán presentar declaraciones bimestrales, con vencimientos distribuidos entre los meses de marzo y noviembre de 2026. Por su parte, quienes registren ingresos inferiores a ese umbral deberán declarar de manera cuatrimestral.

Otros tributos nacionales también cuentan con calendarios específicos. Es el caso del Impuesto Nacional al Consumo, el impuesto a la gasolina y al ACPM, el impuesto al carbono y los gravámenes aplicables a productos ultraprocesados, cuyos vencimientos, en la mayoría de los casos, tienen una periodicidad bimestral o mensual.

Finalmente, el cronograma incluye fechas para la declaración de activos en el exterior, obligatoria para quienes posean activos superiores a 2.000 UVT; las obligaciones del régimen de precios de transferencia; la presentación del informe país por país; el Régimen Simple de Tributación (RST); y el Impuesto al Patrimonio. Este último deberá ser declarado por las personas naturales y jurídicas cuyo patrimonio líquido sea igual o superior a 72.000 UVT, equivalente a $3.770 millones para el año 2026.

 

 

Con información de la república