Ministra del Trabajo, Natalia López, recibe tres días de arresto por desacato en caso de reubicación laboral

Por: Redacción Paragrafo

12 octubre, 2026

La ministra del Trabajo, Natalia Eugenia López Fuentes, fue sancionada con tres días de arresto y una multa equivalente a tres salarios mínimos legales mensuales vigentes por un presunto incumplimiento de órdenes de tutela. La decisión del Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Cali también cobija al director del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), Fray Ricardo Torres Castro, en un caso que involucra la situación laboral del ciudadano Gregorio Alfredo Dajome Granja.

Aunque la sanción ya fue impuesta, su ejecución sigue en suspenso. El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali deberá revisar la providencia y podrá confirmarla, modificarla o revocarla antes de que cobre efectos definitivos.

El conflicto tiene su raíz en la sentencia de tutela T-097, proferida el 22 de julio de 2026, que protegió los derechos fundamentales al trabajo, la estabilidad laboral reforzada y el mínimo vital de Dajome Granja. El trabajador perdió su cargo tras un concurso de méritos y acudió a la justicia para exigir su reubicación. El Tribunal Superior de Cali confirmó la decisión en segunda instancia y ordenó a las entidades evaluar alternativas, incluida la posibilidad de un nombramiento provisional en una plaza compatible con su perfil.

Según el juzgado, ninguna de las instituciones involucradas acreditó el cumplimiento efectivo de esas órdenes. El despacho fue categórico al señalar que las entidades “nada han hecho” para garantizar la reubicación dentro del plazo otorgado, lo que motivó la declaratoria de desacato.

La providencia cuestionó de manera específica al Ministerio del Trabajo por no demostrar la realización de verificaciones tendientes a identificar vacantes en la carrera administrativa o cargos temporales disponibles. La cartera tampoco aportó soportes que evidenciaran un análisis integral del manual de funciones para determinar la compatibilidad del trabajador con los puestos existentes.

En el caso del Sena, el juzgado advirtió que la entidad no emitió un acto administrativo motivado que resolviera de fondo la solicitud del accionante, pese a que esa era una de las exigencias contempladas en el fallo de tutela. La ausencia de evidencias concretas sobre las gestiones adelantadas fue el factor determinante para imponer la sanción a ambos funcionarios.

Es importante aclarar que el desacato constituye un mecanismo judicial orientado a presionar el cumplimiento de fallos de tutela y no equivale a una declaración de responsabilidad penal o disciplinaria.

Tras conocerse la decisión, López Fuentes publicó un mensaje en su cuenta de X en el que rechazó la sanción y la atribuyó a hechos anteriores a su llegada al Gobierno, el 7 de agosto. “No originamos”, escribió la funcionaria, quien dirigió sus críticas más duras hacia la administración del expresidente Gustavo Petro y hacia el exministro del Trabajo Antonio Sanguino, a quienes señaló por “ineptitud”, “negligencia” e incumplimientos frente al trabajador afectado.

La ministra defendió las actuaciones de su despacho y aseguró que ya había adelantado gestiones para cumplir el fallo. Además, anunció que continuará denunciando presuntas irregularidades detectadas en la entidad durante su gestión. “Seguiremos denunciando la podredumbre y las presuntas irregularidades que estamos encontrando, con pruebas ante las autoridades”, afirmó.

El proceso deja dos frentes abiertos. Por un lado, el Tribunal Superior de Cali deberá resolver la impugnación presentada contra la sanción, un trámite que definirá si los tres días de arresto y la multa se mantienen. Por otro, las instituciones deberán responder por las actuaciones relacionadas con la protección de los derechos laborales de Dajome Granja, mientras las denuncias de la ministra serán evaluadas por las autoridades competentes para establecer si existe mérito para abrir investigaciones adicionales.