Juez ordena ocultar videos de Abelardo de la Espriella caminando entre cadáveres

Por: Maria Jose Salcedo

9 septiembre, 2026

Juez ordena ocultar videos de Abelardo de la Espriella caminando entre cadáveres

El Juzgado Catorce Laboral del Circuito de Bogotá ordenó al presidente Abelardo de la Espriella y al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre) ocultar temporalmente dos publicaciones de la cuenta oficial de la Presidencia en Instagram, en las que el mandatario aparece caminando entre cadáveres producto de operaciones militares.

La decisión fue adoptada como medida provisional dentro de una acción de tutela presentada por el representante a la Cámara Santiago Osorio Marín, de la Alianza Verde, en nombre de niños, niñas y adolescentes del país. El congresista argumentó que la difusión de las imágenes podría afectar los derechos fundamentales de los menores.

En el auto, el juzgado señaló que la exposición a este tipo de contenido podría generar “daño o sufrimiento psicológico” en los menores de edad. Por esta razón, mientras estudia de fondo las pretensiones de la tutela, consideró necesario evitar que las publicaciones continúen disponibles en una plataforma de amplia circulación.

La orden establece que el Dapre debe ocultar las publicaciones dentro de un plazo de un día contado a partir de la notificación de la decisión. El fallo provisional cobija los contenidos publicados el 2 y el 4 de septiembre de 2026, relacionados con los resultados de las operaciones militares Azarías, en Miraflores, Guaviare, y Centinela de la Patria, en La Guajira.

Además del Presidente y el Dapre, el juzgado vinculó al proceso a Meta Platforms, la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF). Las entidades y la compañía deberán pronunciarse sobre los hechos y las pretensiones de la acción judicial.

El despacho también concedió dos días a los accionados para ejercer su derecho de defensa y presentar las pruebas que consideren pertinentes. La decisión conocida hasta ahora es de carácter provisional, por lo que será necesario esperar el pronunciamiento de fondo del juzgado para determinar si las publicaciones vulneraron los derechos invocados en la tutela.