Estas son las nuevas reglas para bicicletas y patinetas eléctricas en Colombia

Por: Maria Jose Salcedo

5 agosto, 2026

Estas son las nuevas reglas para bicicletas y patinetas eléctricas en Colombia

El Gobierno nacional expidió la Resolución 20263040030675 de 2026, con la que establece por primera vez un marco regulatorio para la circulación de los vehículos de micromovilidad en Colombia. La medida fija requisitos técnicos, límites de velocidad y normas de circulación para bicicletas eléctricas, patinetas eléctricas, monociclos, triciclos eléctricos y otros vehículos de movilidad personal.

Según el Ministerio de Transporte, la reglamentación busca ofrecer mayor claridad sobre las características de cada tipo de vehículo y definir las condiciones bajo las cuales podrán transitar en las vías del país, en respuesta al crecimiento de estos medios de transporte en las ciudades.

La resolución diferencia entre vehículos de micromovilidad automotores y no automotores, con el propósito de establecer obligaciones específicas para cada categoría y facilitar su control por parte de las autoridades de tránsito.

Entre los principales requisitos, la norma dispone que todos los vehículos eléctricos livianos de movilidad personal deberán contar con sistemas de frenado, iluminación delantera y trasera, avisador acústico, limitador de velocidad, indicador del nivel de batería, visualizador de velocidad, luces direccionales y mecanismos que impidan modificar la velocidad máxima permitida.

En cuanto a la circulación, la reglamentación establece que estos vehículos podrán desplazarse a una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora cuando sean utilizados con fines recreativos o deportivos. Si circulan por la calzada, el límite será de 40 kilómetros por hora.

Asimismo, la resolución prohíbe expresamente el tránsito de estos vehículos por andenes, aceras y demás espacios destinados exclusivamente al uso de peatones, con el fin de reducir el riesgo de accidentes y mejorar la convivencia entre los diferentes actores viales.

La normativa también incorpora nuevas obligaciones para los usuarios. Quienes conduzcan vehículos de micromovilidad deberán portar casco certificado y utilizar prendas retrorreflectivas durante la noche o en condiciones de baja visibilidad, como medida para incrementar la seguridad en las vías.

La ministra de Transporte, Mafe Rojas, aseguró que la expedición de la resolución responde a la necesidad de actualizar la regulación frente al crecimiento de estos medios de transporte en el país.

“La micromovilidad llegó para quedarse y necesitaba reglas claras. Con esta reglamentación damos un paso decisivo para proteger la vida de los usuarios, brindar seguridad jurídica a fabricantes y autoridades, y consolidar alternativas de movilidad sostenible que contribuyan a ciudades más seguras y eficientes”, afirmó la funcionaria.