Corte suspende impuestos del Decreto 1474 de 2025: frenan alzas de IVA, gravámenes a licores, vapeadores y patrimonio
Por: Maria Jose Salcedo
30 enero, 2026

La Sala Plena de la Corte Constitucional suspendió de manera provisional varias medidas tributarias contenidas en el Decreto 1474 de 2025, tras aprobar una medida cautelar con seis votos a favor y dos en contra, mientras se analiza la constitucionalidad de la norma. La decisión frena temporalmente el cobro de nuevos impuestos y aumentos tributarios que el Gobierno había proyectado para recaudar cerca de 16 billones de pesos.
Con la determinación quedan suspendidos incrementos en el IVA y en impuestos al consumo sobre licores, vinos y juegos de azar por internet, además del gravamen sobre envíos desde el extranjero. También se paraliza el cobro del impuesto progresivo al patrimonio, la sobretasa al sector financiero y los tributos aplicables a bienes de lujo, tabaco, cigarrillos electrónicos, hidrocarburos y carbón.
Según el alto tribunal, la medida busca evitar posibles afectaciones irreversibles mientras se estudia el fondo del decreto expedido en el marco de la emergencia económica. Entre los efectos inmediatos está que el IVA para licores y productos similares se mantiene en el 5 %, sin el aumento al 19 %. Asimismo, los juegos en línea no estarán sujetos al impuesto sobre ganancias brutas, y los envíos internacionales continuarán exentos de tributo hasta los 200 dólares.
La suspensión también impide el cobro del impuesto al patrimonio para contribuyentes con bienes superiores a 40.000 UVT, equivalentes a más de dos mil millones de pesos, y deja sin efecto las tarifas progresivas que iban del 0,5 % al 5 %. De igual forma, bancos y aseguradoras no deberán pagar la sobretasa del 50 % ni el anticipo sobre la base del año anterior.
En cuanto a impuestos específicos al consumo, no se aplicará el 19 % a bienes de lujo como vehículos de alto valor, yates y aeronaves. Tampoco entran en vigor los tributos al tabaco, cigarrillos y vapeadores, ni el impuesto especial del 1 % sobre la primera venta o exportación de petróleo, carbón y derivados.
El decreto también contemplaba una normalización tributaria del 19 % sobre activos omitidos o pasivos inexistentes y beneficios transitorios para reducción de sanciones, medidas que igualmente quedan suspendidas.
La decisión fue celebrada por gremios empresariales como la Andi, AmCham y Analdex, además de la Federación Nacional de Departamentos y varios gobernadores, quienes advirtieron que las cargas fiscales podrían afectar la actividad económica, los servicios públicos y el empleo.
Por su parte, el presidente Gustavo Petro criticó la suspensión y aseguró que la Corte “rompe el orden constitucional”, al advertir riesgos para el financiamiento de programas sociales y el pago de la deuda externa, que a octubre de 2025 superaba los 239.000 millones de dólares. El ministro del Interior, Armando Benedetti, sostuvo que la decisión favorece a sectores de mayores ingresos.
Desde la oposición, la senadora Paloma Valencia y el Partido Conservador respaldaron la medida al considerar que limita la creación de impuestos sin aprobación del Congreso.
Los efectos de la suspensión se mantendrán hasta que la Corte Constitucional emita un fallo definitivo, lo que mantiene un panorama de incertidumbre fiscal para el Gobierno, pero representa un alivio temporal en la carga tributaria para ciudadanos y empresas.
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