Consejo de Estado suspende decreto presidencial que convocaba consulta popular tras demanda de congresistas
Por: Maria Jose Salcedo
18 junio, 2025

La Sección Quinta del Consejo de Estado decretó este 18 de junio medidas cautelares que ordenan la suspensión provisional del decreto presidencial 0639, mediante el cual el gobierno convocó a consulta popular para el 7 de agosto de 2025.
La decisión se produjo tras admitir una demanda presentada por doce congresistas encabezados por el presidente del Senado, Efraín Cepeda, y la senadora Nadia Blel, quienes solicitaron tumbar el decreto alegando su inconstitucionalidad.
Los demandantes argumentaron que el acto administrativo fue expedido de manera irregular, ya que la consulta popular ordenada no contó con el concepto previo favorable del Senado, como establece la Constitución Nacional.
Los magistrados determinaron suspender provisionalmente el decreto al considerar que su expedición presuntamente vulneró el ordenamiento constitucional. La corporación judicial citó específicamente los artículos 104 de la Constitución Política y las disposiciones 50 y 31 b) de las leyes 134 de 1994 y 1757 de 2015.
“Se concluye la exigencia de que, previo a convocar al pueblo una decisión de trascendencia nacional, se requiere concepto favorable del Senado de la República, el cual, en efecto, en este preciso caso no existe”, señaló la Sección Quinta en su pronunciamiento.
El tribunal reafirmó su competencia para conocer este asunto, estableciendo que se trata de un acto administrativo susceptible de control de nulidad, competencia que recae legalmente en la Sección Quinta de esta corporación.
La decisión implica que el presidente Gustavo Petro no podrá proceder con la convocatoria electoral hasta obtener el aval correspondiente del Senado de la República.
Los doce congresistas que interpusieron la demanda son: Efraín Cepeda Sarabia, Marcos Daniel Pineda García, Nadia Blel Scaff, Mauricio Giraldo Hernández, Lorena Ríos Cuéllar, Carlos Fernando Motoa, Germán Blanco Álvarez, Samy Merheg, Juan Carlos García Gómez, Antonio Luis Zabaraín, Esperanza Andrade Serrano y Soledad Tamayo Tamayo.
El constitucionalista Germán Calderón España explicó que la medida cautelar suspende definitivamente las intenciones gubernamentales de convocar a las urnas. “El proceso de consulta popular queda suspendido hasta que se resuelva de fondo este proceso de nulidad”, indicó el experto.
Calderón España agregó que el Registrador Nacional del Estado Civil ya no tendría inconvenientes en desacatar el decreto, pues este perdió su vigencia jurídica mientras no exista una decisión contraria de otra autoridad competente.
Con información de wradio y caracol radio
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