Consejo de Estado anula nombramiento en la Comisión de Regulación de Energía y Gas
Por: Ronny Orejarena
7 octubre, 2024
El Consejo de Estado de Colombia ha tomado una decisión trascendental al anular el nombramiento de Manuel Peña Suárez como experto comisionado de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG). Esta resolución surge tras el estudio de dos demandas presentadas por los ciudadanos Germán Lozano Villegas y Daniel Currea Moncada.
Los demandantes argumentaron que la designación de Peña Suárez violaba las disposiciones legales sobre dedicación exclusiva. Al momento de su nombramiento, Peña Suárez se desempeñaba como jefe de Oficina en la Unidad de Planeación Minera Energética (UPME), lo cual contravenía el artículo 21 de la Ley 143 de 1994. Esta ley establece que “el cargo de experto comisionado es de periodo y debe ser desempeñado con dedicación exclusiva”.
La decisión del Consejo de Estado subraya la importancia de mantener la autonomía y dedicación de los expertos comisionados en la CREG. Estos funcionarios tienen la crucial responsabilidad de regular los monopolios en la prestación de servicios públicos y promover la competencia en el sector energético.
La nulidad del nombramiento se fundamenta en el principio de que la designación en encargo debe estar libre de conflictos de interés y garantizar la independencia en el ejercicio de las funciones. Este fallo se suma a una sentencia anterior de la Sala del 5 de septiembre de 2024, que ya había anulado la elección del experto comisionado Baisser Antonio Jiménez por razones similares.
La Sección Quinta del Consejo de Estado especificó que, de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 2099 de 2021, la designación en la modalidad de encargo es improcedente para este tipo de empleos, ya que se exige dedicación exclusiva. Además, se señaló que Peña ejerció simultáneamente como jefe de la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos de la UPME, entidad adscrita al Ministerio de Minas y Energía.
Esta decisión se produce en un contexto de tensión institucional. Recientemente, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró en desacato y sancionó al presidente de la República, Gustavo Petro, con una multa de 5 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Esta sanción se debe al incumplimiento de un fallo del 25 de enero de 2024, que ordenaba al jefe de Estado realizar los nombramientos en propiedad de los 6 comisionados de la CREG.
Con información de wradio y caracol radio