Pese a obtener libertad condicional, Salvatore Mancusso debe permanecer en prisión ¿Por qué?
Por: Maria José Salcedo
5 marzo, 2024
A pesar de que una juez de ejecución de penas concedió este lunes la libertad condicional a Salvatore Mancuso, el exjefe paramilitar enfrenta aún dos audiencias cruciales que determinarán si efectivamente puede abandonar la cárcel La Picota, donde permanece detenido desde su deportación de Estados Unidos.
La decisión de otorgarle la libertad a prueba se relaciona con penas acumuladas en tres sentencias emitidas en 2014 y 2022. Sin embargo, Mancuso deberá sortear dos audiencias clave en los próximos días.
La primera se llevará a cabo este miércoles 6 de marzo ante un juez de control de garantías de la Sala de Justicia y Paz de Barranquilla. En esta diligencia, el magistrado Carlos Andrés Pérez estudiará la designación de Mancuso como “gestor de paz” por parte del Presidente Gustavo Petro y determinará si esa condición lo hace beneficiario de la libertad condicional.
La segunda audiencia, programada para el 15 de marzo en el Tribunal Superior de Bogotá, definirá si se le concede o no la libertad condicional al exjefe paramilitar, tras una tutela fallada por la Corte Constitucional a su favor, en la que se ordena al magistrado que lleva el caso a que resuelva la solicitud de sustitución de medida de aseguramiento “garantizando el debido proceso”.
Mientras tanto, Mancuso permanecerá detenido en el pabellón de extraditables de la cárcel La Picota en el sur de Bogotá, a la espera de la definición plena de su situación jurídica.
La determinación final sobre su libertad dependerá del desenlace de estas dos audiencias, que representan obstáculos clave en el proceso del exjefe paramilitar para abandonar la prisión.
Fallo sobre libertad condicional
En una audiencia definitiva realizada este lunes, la jueza de Justicia y Paz, Luz Marina Zamora, otorgó la libertad a prueba al excomandante de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), Salvatore Mancuso. Esto implica que, tras cumplir con los requisitos de la Ley de Justicia y Paz, Mancuso quedará libre, pero con ciertas limitaciones y restricciones impuestas por la jueza.
Según lo dictaminado, la libertad condicional de Mancuso quedará sujeta a que ninguna otra entidad judicial emita medidas de seguridad por los casos pendientes en su contra. Además, el exparamilitar deberá cumplir con una serie de requisitos que implica su figura de “libertad a prueba”, una medida que busca vigilarlo mientras se decide si es apto para recobrar la libertad total una vez termine ese período.
Entre las condiciones establecidas, Mancuso deberá presentarse cada tres meses ante una autoridad judicial de Medellín, ciudad que eligió como residencia. Asimismo, la jueza acogió la petición de la Procuraduría General de la Nación y le prohibió movilizarse por los departamentos de Córdoba, Sucre, Bolívar, Atlántico, César, Magdalena, Norte de Santander y La Guajira, así como a los municipios antioqueños de San Pedro de Urabá, Necoclí, Ituango, Arboletes y Apartadó, territorios en los que tuvo lugar su accionar criminal. Si necesitara viajar a esas zonas, deberá solicitar un permiso temporal con cinco días hábiles de anticipación.
Además, Mancuso deberá presentarse a todas las diligencias judiciales en las que sea citado, no podrá salir del país sin permiso de un juez y tiene prohibido portar armas de fuego, incluso de defensa personal.
Durante la audiencia, ninguna de las partes presentó recurso de apelación, lo que indica que la Fiscalía, las víctimas y la Procuraduría estuvieron de acuerdo con la libertad a prueba y los términos de esta medida. Mancuso ya cumplió con el máximo de 8 años de cárcel en Estados Unidos y los demás requisitos exigidos por la Ley de Justicia y Paz.
La libertad a prueba será por un término de 4 años, la mitad de la pena máxima a la que se sometió Mancuso, y deberá cumplir con las “obligaciones” determinadas por la jueza. Una vez termine ese período con éxito, el excomandante paramilitar quedará en libertad total.