Corte Constitucional anula requisito de 1.150 semanas para pensión de mujeres en régimen privado
Por: Elizabeth Montoya
1 marzo, 2024
La Corte Constitucional ha declarado inexequible el requisito de 1.150 semanas cotizadas para mujeres en la pensión mínima de vejez del régimen privado. La decisión otorga al Congreso plazo hasta el 2025 para regular la situación; de no hacerlo, se reducirá anualmente hasta llegar a 1.000 semanas a partir del 1 de enero de 2026.
El alto tribunal indicó que “el Congreso en coordinación con el Gobierno nacional debe adoptar medidas afirmativas que compensen las condiciones desfavorables que enfrentan las mujeres en el ámbito laboral”.
La determinación surge de una demanda de constitucionalidad relacionada con la frase “y hubiese cotizado por lo menos 1.150 semanas del artículo 65 de la Ley 100 de 1993”. El recurso argumentaba que este aparte vulneraba los derechos a la igualdad y a la seguridad social de las mujeres afiliadas al régimen privado.
La Sala Plena consideró que el trato idéntico con los hombres no es proporcional, afectando los derechos a la igualdad, la seguridad social y el mínimo vital de las mujeres. Esta decisión genera implicaciones directas en la regulación de las semanas mínimas necesarias para acceder a la pensión y destaca la necesidad de adoptar medidas que contrarresten las desigualdades de género en el ámbito laboral.
El Congreso deberá actuar antes del plazo establecido para evitar la reducción progresiva de las semanas cotizadas y garantizar condiciones equitativas para las mujeres en el acceso a la pensión de vejez en el régimen privado.