La legislación colombiana permite el uso de las cesantías para compra de vivienda y educación
Por: Ronny Orejarena
16 enero, 2024
La normativa laboral en Colombia autoriza a los trabajadores a retirar parcialmente sus cesantías acumuladas en los fondos de pensiones para fines específicos como la adquisición de vivienda y el pago de educación.
Las cesantías son un beneficio obligatorio para todos los empleados vinculados mediante contrato de trabajo que consiste en un ahorro anual equivalente a un mes de salario por cada año de servicio. Este ahorro es consignado por los empleadores en cuentas individuales de los fondos de pensiones.
Según la Ley 50 de 1990, se pueden retirar las cesantías de manera parcial para:
– Compra de vivienda nueva o usada.
– Pago de crédito hipotecario.
– Ampliación o remodelación de vivienda propia.
– Pago de matrícula en educación superior propia o de familiares.
– Amortización de créditos educativos.
Los trámites para acceder a estos retiros parciales deben realizarse directamente ante la administradora del fondo de pensiones donde cada persona tiene su cuenta de cesantías. Se requiere presentar soportes como certificados de estudio o crédito hipotecario.
La ley prohíbe el retiro de cesantías para fines diferentes como pago de otras deudas o gastos. Su propósito es generar un ahorro obligado para que el trabajador pueda disponer en caso de desempleo o para necesidades específicas permitidas.
Los empleadores están obligados a consignar las cesantías antes del 31 de enero siguiente al año laborado y pagar intereses del 12% anual. El incumplimiento genera sanciones como el pago de un día de salario por cada día de mora.